El Código de Derecho Canónico es del todo necesario a la Iglesia. Por estar constituida a modo de cuerpo también social y visible, ella necesita normas para hacer visible su estructura jerárquica y orgánica, para ordenar correctamente el ejercicio de las funciones confiadas a ella divinamente, sobre todo de la potestad sagrada y de la administración de los sacramentos; para componer, según la justicia fundamentada en la caridad, las relaciones mutuas de los fi eles cristianos, tutelando y definiendo los derechos de cada uno; en fi n, para apoyar las iniciativas comunes que se asumen aun para vivir más perfectamente la vida cristiana, reforzarlas y promoverlas por medio de leyes canónicas.
Este manual, elaborado por la Congregación para las Causas de los Santos, es el libro de referencia para la capacitaciòn de los postuladores en los procesos de canonizacion y de los trabajadores y colaboradores del Dicasterio. El contenido esta organizado en tres secciones bien diferenciadas. La primera, de caracter teologico, se abre con un estudio introductorio sobre la heroicidad cristiana de los santos, manifestada en la practica de las virtudes, en el martirio y en el ofrecimiento de la vida. Analiza después el concepto de santidad y su reconocimiento mediante la fama sanctitatis y la fama signorum, afrontando la cuestiòn de los milagros y de los fenòmenos misticos y sobrenaturales. La segunda secciòn es de naturaleza històrico-hagiogrdfica, y trata de la historia del culto, de las reliquias, de la hagiografia y su metodologia històrica, presentando al final las normas para la composiciòn y la estructura de los diversos tipos de Positiones. La ultima secciòn, de contenido juridico, hace un recorrido, a la luz de la doctrina teològico-canonica actual y de la praxis del Dicasterio,de las diversas etapas de la fase diocesana y de la fase romana de las causas de los santos. El volumen se cierra con un rico apéndice documental y modelos para los formularios oficiales màs frecuentes en los procedimientos canónicos.
Este Subsidio para la aplicación del Li­bro VI del Código de Derecho Canónico sobre materia penal no es un texto de carácter normativo, ni contiene nuevas disposicio­nes de ley. Escrito con un estilo discur­sivo es, más bien, una guía que pretende orientar a Obispos y Superiores religiosos cuando deban aplicar, como les corres­ponde por oficio, la disciplina penal de la Iglesia. El texto busca contribuir a la segu­ridad en las actuaciones penales y aportar criterios útiles para proteger los derechos de cuantos están implicados en ellas.
El texto se compone de tres par­tes. Las dos primeras corresponden a las dos partes del Libro VI: la primera contiene nociones generales (tipos pe­nales, circunstancias atenuantes, eximen­tes, etc.); la segunda trata de cada uno de los delitos tipificados en el Código. Por último, la tercera parte está dedicada a orientar a la autoridad eclesiástica sobre cómo proceder cuando las circunstan­cias aconsejen juzgar un delito canónico siguiendo una vía administrativa en lugar de seguir la vía del proceso judicial para la imposición de penas.
Libro coeditado con la Universidad San Dámaso (Madrid).
Esta obra presenta, a los treinta y siete años de la promulgación del Código de Derecho Canónico, y a los cinco de la promulgación de los motu proprio Mitis Iudex Dominus Iesus y Mitis et Misericors Iesus, la exposición y el estudio de la ley procesal de la Iglesia, según el método sistemático de los autores clásicos, bajo la luz, totalmente nueva, del Concilio Vaticano II, que quiere que todo el sistema de las leyes canónicas —no solo su derecho procesal— esté dominado por una exigencia típica de su ser: la primacía de la salus animarum. Entre las novedades que enriquecen esta publicación se encuentra el comentario a los nuevos cánones de la reforma del proceso matrimonial canónico, llevada a cabo por el papa Francisco; esta constituye una verdadera y propia refundación del proceso matrimonial, fruto de la necesidad de adecuar la legislación procesal a las nuevas exigencias que han surgido en la vida y misión de la Iglesia, hoy interpelada por los nuevos desafíos que plantea la sociedad actual.
Mons. Vito Pio Pinto, Decano de la Rota Romana, ha desempeñado un papel fundamental en la reforma del proceso matrimonial canónico como Presidente de la Comisión Pontificia instituida por el papa Francisco. Es también Presidente del Tribunal Supremo de Apelación del Estado de la Ciudad del Vaticano. Ha sido profesor en las Universidades de San Pablo (Ottawa), de Estrasburgo, en la Pontificia Universidad Urbaniana y en el Estudio Rotal. Fruto de su investigación son sus monografías sobre derecho procesal y administrativo canónico, la edición del comentario a los Códigos latino y oriental y a la constitución apostólica Pastor bonus, así como numerosos artículos publicados en las revistas canónicas de mayor prestigio.
Ante el profundo cambio cultural y demográfico que está experimentando Europa, ¿siguen siendo las parroquias medios aptos para la evangelización? ¿Cuáles de las dimensiones constitutivas de la parroquia responden más acertadamente, en caso de hacerlo, al reto evangelizador de nuestros días y cuáles, por el contrario, habría que repensar, modificar o suprimir? ¿Se tiene claro, tras los debates de los últimos años, el concepto mismo de lo que es una parroquia desde su identidad teológica? ¿Qué valoración puede hacerse de algunas experiencias que se están desarrollando, como la erección de unidades pastorales o la promoción de ministerios laicales? ¿Qué aporta la última instrucción de la Santa Sede al respecto? ¿Tienen las parroquias de las grandes ciudades y las de los pueblos casi despoblados los mismos retos? ¿Sigue siendo sostenible la división obligatoria de toda diócesis en parroquias? A estas y otras cuestiones pretende dar respuesta el presente libro, proponiendo algunas vías de solución tanto para la comprensión teológica de la parroquia cuanto para la práctica evangelizadora de la Iglesia en nuestros días.
Jorge Zazo Rodríguez (Ávila, 1978) es sacerdote desde 2004 y doctor en teología fundamental por la Pontificia Universidad Gregoriana de Roma. En la actualidad es párroco de San Pedro Bautista y del Inmaculado Corazón de María, parroquias que conforman una unidad pastoral en Ávila, así como vicario episcopal para la acción pastoral y delegado para los jubileos teresianos. Entre sus obras destacan: El encuentro. Propuesta para una teología fundamental (Salamanca 2010), La verdad de lo que soy. Adolescentes y homosexualidad (Salamanca 2015) y, como coordinador, La juventud, una reflexión necesaria (Madrid 2011).
Esta edición del Nuevo Derecho parroquial sigue la pauta de los clásicos Derechos parroquiales de Mons. Muñiz de Pablos y del P. Fernández Regatillo. En ella se expone con sencillez y precisión, sin merma de rigor jurídico, toda la rica y excelente normativa del nuevo Derecho de la Iglesia relativa al ministerio pastoral, haciendo especial hincapié dada su extraordinaria importancia, en lo concerniente al ministerio de la palabra y a la administración de los sacramentos y sacramentales.
La obra está realizada por tres prestigiosos canonistas, catedráticos de esta disciplina en distintas universidades pontificias y estatales: Julio Manzanares, Antonio Mostaza y José Luis Santos. Todos ellos tienen acreditada su competencia en la materia por su prolongada docencia y sus numerosos traba-jos científicos sobre los más variados temas del Derecho Canónico.
El presente volumen quiere reafirmar las certezas doctrinales y disciplinares sobre el matrimonio y la familia para que, a partir de las mismas, el lector pueda realizar la necesaria reflexión en el marco del próximo Sínodo de los Obispos sobre el matrimonio y la familia, y proyectar una pastoral adecuada a los tiempos actuales, según la visión antropológica cristiana, en fidelidad a la doctrina y a la disciplina divinas de la Iglesia.
Velasio De Paolis religioso scalabriniano, ha sido profesor de Derecho Canónico en las universidades Gregoriana y Urbaniana de Roma, y consultor de distintos dicasterios en la Curia Romana, como la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y Sociedades de Vida Apostólica y el Pontificio Consejo para los Textos legislativos. Nombrado en 2003 obispo titular de Telepte y Secretario de la Signatura Apostólica, desde 2008 es presidente de la Prefectura para Asuntos Económicos de la Santa Sede. En el Consistorio del 20 de noviembre de 2010 fue creado cardenal por el papa Benedicto XVI. En la BAC ha publicado Los bienes temporales de la Iglesia (2012), Normas generales (2013) y La vida consagrada en la Iglesia (2014).
Con la edición del CCEO se completa el moderno «Corpus Iuris Canonici» y se favorece el conocimiento y la estima del Oriente cristiano. La edición se dirige no solo a todos los interesados por el Derecho canónico, a las personas deseosas de saber más sobre el Oriente cristiano y a las Facultades de Derecho, sino también a las parroquias que puedan tener fíeles del rito oriental. Destinatarios privilegiados son los pastores y los fieles de comunidades orientales establecidas fuera del territorio de sus patriarcados, sobre todo las presentes en America Latina. En la traducción se ha tenido en cuenta el Código latino cuando el oriental repetía la misma disciplina. Y en las anotaciones hemos buscado la ayuda del lector, facilitándole una primera lectura que le abra camino para obras de mayor extensión y profundidad. La tradición «glosista», modernamente resucitada por la escuela de Salamanca en sus anotaciones al CIC 1917, se ha demostrado útil y práctica, grandemente apreciada por los lectores.
La reflexión sobre la parroquia resulta particularmente necesaria en el contexto de la nueva evangelización. Este volumen analiza la legislación sobre la parroquia a la luz de la doctrina del Concilio Vaticano II y ofrece indicaciones para una renovación comunitaria y misionera de la parroquia, con verdadero espíritu evangélico. Escrito con estilo claro y sintético, será de utilidad para los estudios del derecho canónico, así como para cuantos están comprometidos en la pastoral parroquial.Francesco Coccopalmerio es presidente del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos, miembro del Supremo Tribunal de la Signatura Apostólica, de las Congregaciones para la Doctrina de la Fe y para las Causas de los Santos, y del Pontificio Consejo para la Promoción de la Unidad de los Cristianos. Creado cardenal en el consistorio de 18 de febrero de 2012, es un reconocido estudioso del derecho canónico, especialmente en temas relacionados con la comunión eclesial y la parroquia.
Nueva edición bilingüe actualizada y revisada comentada por los Profesores de Derecho Canónico de la Universidad Pontificia de Salamanca.
Esta edición bilingüe del Código de Derecho Canónico mantiene las mismas características de las ediciones anteriores, si bien sus comentarios han sido renovados prácticamente en su totalidad por nuevos especialistas. El lector encontrará en esta obra, además de los cánones del Código, un minucioso comentario por expertos en la materia, el apartado de fuentes y la versión española del índice oficial. El conjunto se completa con doce documentos, en apéndice, y un exhaustivo índice de materias.
Colaboradores: Federico Aznar Gil, Myriam Cortés Diéguez, José María Díaz Moreno, Luis A. García Matamoro, José San José Prisco
La legislación canónica sobre «los bienes temporales» tiene como finalidad que sean administrados según los criterios evangélicos y la naturaleza propia de la Iglesia. Este manual es un comentario completo a la normativa canónica y contiene, además, un amplio tratamiento sobre los bienes de diócesis, parroquias e institutos de vida consagrada, así como sobre los consejos de asuntos económicos. Se ofrece como instrumento útil tanto para estudiosos del derecho canónico como para cuantos intervienen en la administración de los bienes eclesiásticos: vicarios episcopales y párrocos, superiores, ecónomos o consejeros de las diversas instituciones eclesiales, como también para abogados, notarios y registradores de la propiedad.
Velasio De Paolis ha sido durante muchos años profesor de Derecho Canónico —en las universidades Gregoriana y Urbaniana de Roma— y consultor de distintos Dicasterios en la Curia Romana, entre ellos la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y Sociedades de Vida Apostólica y el Pontificio Consejo para los Textos Legislativos. Nombrado en el año 2003 obispo titular de Telepte y Secretario de la Signatura Apostólica, y en el año 2008 Presidente de la Prefectura de Asuntos Económicos de la Santa Sede, en el Consistorio de 20 de noviembre de 2010 fue creado cardenal por Benedicto XVI