No es frecuente encontrarse hoy con escritos de deontología, que es otro modo de referirse a la moral o a la ética. Menos aún de deontologías regionales o sectoriales, que sigan de cerca los inevitables problemas que se presentan en el ejercicio de cualquier profesión. La razón de todo esto parece clara: no es posible tratar en profundidad de ética o de moral sin hacer referencia a sus fundamentos filosóficos, metafísicos, porque poco a poco se está llegando de nuevo a afirmar que la metafísica es inevitable.
Se prepara esta quinta edición, nuevamente revisada y con algunos añadidos de interés, como el Apéndice 1 de Referencias literarias, en unos tiempos que no se vivían desde hacía un siglo: una pandemia que arrasa cientos de miles de vida y cuyas consecuencias pesarán durante años en la economía de casi todos los países.
El Derecho Canónico (como ha subrayado san Juan Pablo II) tiende a generar en la sociedad eclesial un orden que, dando primacía al amor, a la gracia y al carisma, facilite al tiempo su ordenado crecimiento en la vida, tanto de la sociedad eclesial, como de todos los que a ella pertenecen. Por esta razón, el estudio elemental del ordenamiento jurídico de la Iglesia es un aspecto importante de la formación cristiana.
Jorge Miras Pouso
Sacerdote de la prelatura del Opus Dei. Doctor en Derecho canónico y en Derecho, ejerce como profesor ordinario de Derecho Administrativo Canónico en la Facultad de Derecho Canónico de la Universidad de Navarra. Autor de numerosas publicaciones de su especialidad científica y consultor del Consejo Pontificio para los Textos Legislativos. Su actividad pastoral se ha centrado en la atención de los universitarios. Entre sus obras de espiritualidad destacan: Para entender la Eucaristía; De tú a tú con Jesús en la oración; Fieles en el mundo: la secularidad de los laicos cristianos; Fidelidad a Dios; Celebrar el misterio de la fe. Una catequesis sobre la Misa.
Daniel Cenalmor Palanca
Nacido en El Ferrol Del Caudillo (A Coruña). Juez del tribunal eclesiástico de primera y segunda Instancia de la Archidiócesis de Pamplona. Es licenciado en Medicina y doctor en Derecho Canónico por la Universidad de Navarra. Es Profesor en la Facultad de Derecho Canónico en dicha Universidad, y desde 1991 se encarga de las asignaturas de Derecho Canónico en el Ciclo I de la Facultad de Teología. Autor de varias publicaciones ha colaborado en diversas obras colectivas, especialmente con escritos sobre Derecho Constitucional Canónico.
El libro, teniendo como hilo conductor la historia de la salvación, aborda las cuestiones centrales del matrimonio cristiano. ¿Qué significa vivir el proyecto de Dios sobre el matrimonio en una sociedad abierta y plural?
Desde la perspectiva dogmático-moral y canónica se consideran las cuestiones y problemas que se plantea hoy a los matrimonios y familias: la naturaleza y características del amor conyugal; el hombre y la mujer, protagonistas de la preparación y celebración del matrimonio; los esposos, sujetos de la vocación matrimonial a la plenitud de vida cristiana; la paternidad y maternidad responsables; el cuidado y la educación de los hijos; las situaciones difíciles e irregulares en la vida matrimonial; la participación de la familia en la vida de la Iglesia y el desarrollo de la sociedad, etc.
Dirigido a los interesados por el matrimonio y la familia: los casados; los que se preparan para el matrimonio; los responsables de la pastoral familiar; y, de manera particular, a los que cursan estudios de teología.
Libro coeditado con la Universidad San Dámaso (Madrid).
Esta obra presenta, a los treinta y siete años de la promulgación del Código de Derecho Canónico, y a los cinco de la promulgación de los motu proprio Mitis Iudex Dominus Iesus y Mitis et Misericors Iesus, la exposición y el estudio de la ley procesal de la Iglesia, según el método sistemático de los autores clásicos, bajo la luz, totalmente nueva, del Concilio Vaticano II, que quiere que todo el sistema de las leyes canónicas —no solo su derecho procesal— esté dominado por una exigencia típica de su ser: la primacía de la salus animarum. Entre las novedades que enriquecen esta publicación se encuentra el comentario a los nuevos cánones de la reforma del proceso matrimonial canónico, llevada a cabo por el papa Francisco; esta constituye una verdadera y propia refundación del proceso matrimonial, fruto de la necesidad de adecuar la legislación procesal a las nuevas exigencias que han surgido en la vida y misión de la Iglesia, hoy interpelada por los nuevos desafíos que plantea la sociedad actual.
Mons. Vito Pio Pinto, Decano de la Rota Romana, ha desempeñado un papel fundamental en la reforma del proceso matrimonial canónico como Presidente de la Comisión Pontificia instituida por el papa Francisco. Es también Presidente del Tribunal Supremo de Apelación del Estado de la Ciudad del Vaticano. Ha sido profesor en las Universidades de San Pablo (Ottawa), de Estrasburgo, en la Pontificia Universidad Urbaniana y en el Estudio Rotal. Fruto de su investigación son sus monografías sobre derecho procesal y administrativo canónico, la edición del comentario a los Códigos latino y oriental y a la constitución apostólica Pastor bonus, así como numerosos artículos publicados en las revistas canónicas de mayor prestigio.
DICION ACTUALIZADA Noviembre 2020 El instrumento que es el Código es llanamente congruente con la naturaleza de la Iglesia cual es propuesta sobre todo por el magisterio del Concilio Vaticano II visto en su conjunto, y de modo particular por su doctrina eclesiológica. Es más, en cierto modo puede concebirse este nuevo Código como el gran esfuerzo por traducir al lenguaje canonístico esa misma doctrina, es decir, la eclesiología conciliar. Y aunque es imposible verter perfectamente en la lengua canonística la imagen de la Iglesia descrita por la doctrina del Concilio, sin embargo el Código ha de ser referido siempre a esa misma imagen como al modelo principal cuyas líneas debe expresar él en sí mismo, en lo posible, según su propia naturaleza. Constitución apostólica Sacrae disciplinae leges
El Diccionario General de Derecho Canónico conjuga el rigor con la accesibilidad. Contiene 2.509 voces en siete volúmenes. Han colaborado en él un total de 583 autores de 33 países.
Quiere ser útil a quienes se dedican a cuestiones académicas, a los abogados en general, a los profesionales de la curia administrativa y judicial canónica, y a cualquier persona interesada en las cuestiones jurídicas o eclesiales.
El Diccionario aborda todos los aspectos del derecho canónico: derecho latino y oriental, derecho codicial y extracodicial, derecho actual y ius vetus, dogmática jurídica e historia del derecho, fuentes e instituciones.
El carácter general del Diccionario permite considerar también nociones con un vivo relieve en la escena cultural, como la familia, la sexualidad humana, la vida, la conciencia, la libertad o la dimensión pública de la religión.
Al escribir la historia suelen surgir personajes que influyen de manera decisiva en su tiempo, por lo que dicen o por lo que hacen. Alvaro d'Ors es uno de ellos, al entender su brillante actividad profesional como un servicio. Tercer hijo de Eugenio d'Ors (“Xenius”) y heredero del carácter humanista de su padre, fue catedrático de Derecho Romano en Granada, Santiago y Pamplona, y experto en Epigrafía y Papirología, Filología Clásica, Historia Antigua, Derecho Canónico y Teología Política. Sinfonía de una vida es el título que él mismo puso a un esbozo autobiográfico que redactó al recibir un premio. Su infancia y juventud en Barcelona y Madrid, el período de la guerra civil, su larga vida académica y sus años tras la jubilación constituyen una obra sinfónica ejecutada por diversos instrumentos, dirigidos por el deseo de hacer en cada momento lo que debía, sin esperas ni omisiones.
El oficio es regulado por las normas generales del derecho canónico (CIC, c. 145; CCEO, c. 936). Inspirado en el derecho romano y renovado por la tradición cristiana, es un elemento básico del sistema institucional de la Iglesia católica. En este libro se ofrece una síntesis de las principales cuestiones que afectan a los cargos públicos eclesiásticos. Algunas de ellas son tradicionales, pero otras, como la responsabilidad, la idoneidad y los sistemas de contratación, han cobrado actualidad desde que el acceso al oficio eclesiástico haya de-jado de estar reservado a los clérigos.
El processus brevior coram Episcopo es una institución procesal nueva que viene a redescubrir una praxis presente en la Iglesia desde tiempos apostólicos: el ejercicio personal de la potestad judicial del Obispo. La reciente reforma implica aún más al Obispo en el ejercicio de la justicia y en el control de la actividad de su tribunal. En este libro "El proceso más breve ante el Obispo en la nueva normativa del M.P. Mitis Iudex Dominus Iesus. Su especialidad y pautas de desarrollo" se profundiza en los aspectos relativos a la potestad episcopal y se presentan los principios procesales que permiten contextualizar el instrumento del processus brevior en el conjunto del ordenamiento canónico. Se analiza detalladamente cada paso del proceso más breve, señalando aquellas disposiciones que pudieran haber sido configuradas de otra forma y dando pautas para el desarrollo del nuevo instrumento procesal introducido por el papa Francisco.
El libro ofrece un estudio histórico-canónico de las fuentes e iter redaccional de los cánones 1065 y 1066 del Código de 1917, que tratan del llamado matrimonio cum indignis (los que notoriamente abandonaron la fe, miembros de asociaciones condenadas, censurados y pecadores públicos). El estudio se completa con el análisis de tres pronunciamientos de la Santa Sede sobre la admisión al matrimonio de los que ignoran la doctrina cristiana (1918), de los miembros de sectas ateístas (1934) y de los comunistas (1949), llegando así hasta los umbrales del Concilio Vaticano II. Ante la situación pastoral de los que se acercan a las bodas con escasa fe personal, se busca una especie de verificación, a la luz de las fuentes, de la afirmación de la Exhortación apostólica Familiaris consortio de que establecer criterios de admisión al matrimonio que tengan en cuenta el grado de fe de los futuros contrayentes está en contradicción con la tradición eclesial. Se aporta la documentación inédita sobre la Codificación de 1917 y dos interpretaciones auténticas (de 1918 y 1934) encontrada en el Archivo Secreto Vaticano, el Archivo del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos y el Archivo Histórico de la Pontificia Universidad Gregoriana. Al final se realiza una síntesis conclusiva con algunas propuestas. El libro proporciona a la luz de las fuentes una contribución a la reflexión sobre la relación entre la fe y el matrimonio, pues los cánones correspondientes del vigente Código de 1983 reproducen sustancialmente los estudiados del Código de 1917.