La Historia del derecho canónico es una disciplina relativamente reciente, al menos desde el punto de vista de los estudios en las facultades de derecho canónico. Ahora bien, ¿qué sentido tiene estudiar la Historia del derecho canónico siendo este una ciencia eminentemente práctica que busca hacer posible la justicia hoy con el conocimiento y aplicación de las leyes hoy vigentes? Los autores estamos convencidos de que se trata de la mejor ayuda para evitar caer en el positivismo jurídico. Es decir, en la tentación de equiparar automáticamente “lo justo” con “lo legal”, de pensar que lo “hoy legal” es la única y, por tanto, mejor expresión de “lo justo” y que, en último término, el canonista es el siervo de la ley, llamado a saber aplicarla. Quien conoce la historia aprende, sin embargo, que la tutela de “lo justo” se ha logrado de modos muy
diversos a largo de los siglos y según en qué lugares; que su fundamento no está principalmente en el hecho de ser “norma” sino de reconocer una realidad jurídica que la precede, realidad que en el caso de la Iglesia es de índole sobrenatural y que se explica también a través de la teología; y que vive a lo largo de los siglos en permanente dicotomía entre lo inmutable (derecho divino) y lo llamado a evolucionar. También que a lo largo de la historia ser canonista ha significado muchas cosas, desde luego no solo ni principalmente ser “siervo de la ley”. De este modo la historia ayuda a conocer el sentido y el origen de la ley vigente, así como su mayor o menor contingencia; y también a situarse ante ella con la mirada crítica de quien sabe que puede ser perfectible, quizás tomando experiencia de realizaciones del pasado. En este Manual se presenta de una manera unitaria el estudio de la evolución de las fuentes normativas, de la ciencia canónica y de las principales instituciones, buscando dar una visión sintética de la historia de la esencial dimensión jurídica de la comunidad eclesial, que peregrina en el mundo.
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Los derechos de las víctimas de abusos sexuales en el proceso penal canónico exigen un diálogo profundo entre las diversas instituciones y las disposiciones canónicas actuales. La justicia requiere que se mantenga y se cumpla un compromiso para defender los derechos de quienes se han visto perjudicados. Se necesitan más cambios en los procesos y nuevos procedimientos, en particular una verdadera voluntad de los líderes de la Iglesia para escuchar las voces de las víctimas. Esta obra, coordinada por Charles J. Scicluna y Myriam Wijlens, y por Daniel Portillo en su versión española, es la conclusión de un seminario organizado por la Comisión Pontificia para la protección de menores, donde sesenta expertos de todo el mundo reflexionaron sobre este tema. El objetivo de este trabajo es ofrecer, además, un análisis comparativo del marco jurídico de distintos países sobre esta delicada cuestión.
En el marco de la convocatoria por el papa Francisco del Sínodo extraordinario de la Familia, a celebrar los años 2014 y 2015, resulta especialmente oportuno dirigir una mirada al derecho canónico matrimonial, en cuanto que éste refleja, a nivel normativo, la renovada comprensión eclesial -antropológica y teológica- sobre e l matrimonio fruto del Concilio Vaticano II.
El libro ofrece un estudio histórico-canónico de las fuentes e iter redaccional de los cánones 1065 y 1066 del Código de 1917, que tratan del llamado matrimonio cum indignis (los que notoriamente abandonaron la fe, miembros de asociaciones condenadas, censurados y pecadores públicos). El estudio se completa con el análisis de tres pronunciamientos de la Santa Sede sobre la admisión al matrimonio de los que ignoran la doctrina cristiana (1918), de los miembros de sectas ateístas (1934) y de los comunistas (1949), llegando así hasta los umbrales del Concilio Vaticano II. Ante la situación pastoral de los que se acercan a las bodas con escasa fe personal, se busca una especie de verificación, a la luz de las fuentes, de la afirmación de la Exhortación apostólica Familiaris consortio de que establecer criterios de admisión al matrimonio que tengan en cuenta el grado de fe de los futuros contrayentes está en contradicción con la tradición eclesial. Se aporta la documentación inédita sobre la Codificación de 1917 y dos interpretaciones auténticas (de 1918 y 1934) encontrada en el Archivo Secreto Vaticano, el Archivo del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos y el Archivo Histórico de la Pontificia Universidad Gregoriana. Al final se realiza una síntesis conclusiva con algunas propuestas. El libro proporciona a la luz de las fuentes una contribución a la reflexión sobre la relación entre la fe y el matrimonio, pues los cánones correspondientes del vigente Código de 1983 reproducen sustancialmente los estudiados del Código de 1917.
La solemne proclamación del derecho de asociación de los fieles en el Concilio Vaticano II, así como las diversas perspectivas abiertas para su desarrollo por la Asamblea conciliar y reflejadas posteriormente en el Código de Derecho Canónico, han hecho posible una fecunda expansión de la realidad asociativa en la Iglesia, que presenta notables puntos de interés desde el punto de vista jurídico y pastoral. De esta materia se ocupó el VIII Simposio Internacional del Instituto Martín de Azpilcueta «Las asociaciones de fieles. Aspectos canónicos y civiles» celebrado en la Facultad de Derecho canónico de la Universidad de Navarra (Pamplona) durante los días 4 a 6 de noviembre de 2009. En este libro se ofrece una exposición sistemática de las principales cuestiones relativas a la dimensión jurídica del fenómeno asociativo, tanto en la vertiente canónica como civil, y se ofrecen criterios para el «prudente discernimiento» que el florecimiento de movimientos y comunidades eclesiales reclama de los pastores.
Libros de texto para las especialidades de Derecho, Criminologia, Economia y Sociologia.
Este libro pretende exponer a los estudiantes de Derecho y a los profesionales que deseen adquirir una formación conceptual y práctica sobre las líneas fundamentales del Derecho Procesal Canónico, que es el Derecho de la función judicial 0 jurisdiccional en la Iglesia, y especialmente acerca de las normas procesales relativas a las causas de disolución y de nulidad matrimonial, con el objetivo de ayudar a comprender interpretar no solo la praxis de los tribunales eclesiásticos para las causas matrimoniales, sino también la de quienes trabajan en esas tareas, en sus diversas manifestaciones y oficios, para poder actuar con dignidad ante los Tribunales Eclesiásticos.
Es decir, nuestro objetivo es poner a disposición de todas las personas interesadas en las causas matrimoniales, un texto de consulta ágil que, por una parte, facilite un conocimiento introductorio, riguroso, conciso y práctico de los diversos process matrimoniales canónicos, por otra, permita un conocimiento adecuado de los rasgos fundamentales de dichos procesos, ofreciendo una descripción sintética y lo más práctica posible de cada una de las fases de desarrollo de los mismos.
En comparación con las materias que buscan comprender el misterio de Dios y de su obra, el derecho canónico parece bien poca cosa; algo secundario. En comparación con el mandamiento del amor y la llamada a la santidad, la protección de la justicia es quedarse muy corto. Sin embargo, el derecho canónico apunta a la "salvación de las almas" como a su fin último. Se considera imprescindible, aunque no sea lo más importante. Como el balón de fútbol, nunca osaría considerarse superior a los jugadores; pero sabe que, sin él, no hay partido.
En esta breve introducción, se presentan de modo asequible la finalidad, las características y los contenidos principales del derecho por el que se rige la Iglesia católica.
Rex iustus. Pastor bonus es un ramillete de estudios que aborda autores y obras de importancia crucial en la tradición bíblica, oriental y clásica, elaborados por autores con excelente conocimiento de la materia y que ofrecen indudables novedades, tanto a título individual como en su presentación de conjunto, pues hilvana un discurso unitario que permite ver la evolución de los motivos de justicia, pastor y cordero en una panorámica desde la Grecia primitiva a la actualidad.
El objeto de estudio es la celeridad de los procesos que solventan las causas incidentales, originadas dentro del proceso de la causa principal, para contribuir de ese modo a una mejor tutela de la justicia. En las causas matrimoniales canónicas, donde se discierne sobre la validez del propio matrimonio atendiendo a razones de verdad, las partes se encuentran con mecanismos jurídicos que pueden acelerar o ralentizar el proceso. Teniendo en cuenta una noción jurídico-legal básica sobre la causa incidental, se realiza un análisis sobre la regulación vigente, la jurisprudencia y las contribuciones de la doctrina canonística sobre los medios para lograr un proceso incidental más ágil y efectivo.
Bruceli Benito Ala Gordillo (Arequipa-Perú) es Licenciado en Ciencias Eclesiásticas y en Derecho Canónico por la Universidad de Navarra y Doctor en Derecho Canónico por la misma Universidad. Ha obtenido el Grado de Derecho en la Universidad Internacional de la Rioja.